La información exógena sigue siendo una de las obligaciones tributarias que más dudas genera entre empresas, contadores y responsables financieros en Colombia. Un error en los formatos, inconsistencias en los datos reportados o el envío fuera del calendario definido por la DIAN puede derivar en sanciones económicas y requerimientos.
Para el año gravable 2025, presentado en 2026, la entidad mantiene la obligación de reportar información detallada sobre operaciones económicas, pagos, retenciones y movimientos con terceros. ¿Las empresas están obligadas a presentar el reporte? ¿Qué formatos aplican? ¿Cuáles son las fechas límite?
De acuerdo con la DIAN, este reporte permite cruzar datos entre contribuyentes para detectar inconsistencias tributarias y fortalecer los procesos de fiscalización. La entidad también compara esta información con la facturación electrónica y otros reportes tributarios para identificar diferencias.
¿Qué es la información exógena?
La información exógena es el conjunto de datos que personas naturales y jurídicas deben reportar a la DIAN sobre sus operaciones económicas con terceros.
Este reporte incluye información relacionada con:
- Pagos o abonos en cuenta.
- Retenciones practicadas.
- Ingresos recibidos.
- IVA descontable y generado.
- Movimientos financieros.
- Información de socios, accionistas y proveedores.
La DIAN utiliza estos datos para validar que las declaraciones tributarias coincidan con la información reportada por otros contribuyentes.
Quiénes deben presentar información exógena en 2026
Una de las consultas más frecuentes es quiénes están obligados a presentar información exógena. La obligación depende de los topes de ingresos, del tipo de contribuyente y de las operaciones realizadas durante el año gravable.
Entre quienes deben presentar información exógena se encuentran:
- Personas jurídicas y sociedades que superen los topes establecidos por la DIAN.
- Personas naturales con ingresos o patrimonio que excedan los límites definidos.
- Agentes retenedores.
- Entidades financieras.
- Cámaras de comercio, notarías y fondos.
- Consorcios y uniones temporales.
- Facturadores electrónicos obligados a reportar operaciones específicas.
La obligación se encuentra regulada en la resolución expedida por la DIAN para el año gravable 2025.
Calendario de vencimientos 2026
El calendario se define según el último dígito del NIT para grandes contribuyentes y los dos últimos dígitos para personas naturales y jurídicas.
Grandes contribuyentes
Los vencimientos van del 28 de abril al 13 de mayo de 2026.
Personas jurídicas y naturales
Los plazos van del 14 de mayo al 12 de junio de 2026.
La recomendación es no esperar las fechas límite. Muchas empresas descubren errores en terceros, retenciones o formatos cuando el plazo ya está por vencer. También es frecuente detectar inconsistencias durante la validación XML o en el prevalidador de la DIAN.
Formatos más utilizados en el reporte a la DIAN
La DIAN exige diferentes formatos según el tipo de operación reportada. Algunos de los más utilizados son:
- Formato 1001: pagos o abonos en cuenta y retenciones.
- Formato 1003: retenciones practicadas.
- Formato 1005: IVA descontable.
- Formato 1007: ingresos recibidos.
- Formato 2276: rentas de trabajo.
Cada formato debe presentarse en XML y validarse antes del envío.
Cómo presentar el reporte ante la DIAN
Para quienes se preguntan cómo se presenta la información exógena, el proceso incluye varias etapas:
- Consolidar la información contable y tributaria.
- Verificar terceros y NIT.
- Asociar cuentas contables con los formatos exigidos.
- Generar archivos XML.
- Validar la información en el prevalidador DIAN.
- Realizar el envío electrónico.
Uno de los errores más comunes ocurre cuando los datos reportados no coinciden con la facturación electrónica o con los documentos soporte.
Cómo evitar errores y sanciones ante la DIAN
Cuando la información financiera no está centralizada, el riesgo de errores aumenta, Muchas empresas detectan inconsistencias en terceros, retenciones o validaciones XML cuando el plazo ya está por vencer.
Contar con procesos digitales para gestionar documentos soporte, validaciones y trazabilidad como los que ofrece Saphety ayuda a reducir inconsistencias y facilita la preparación de reportes ante la DIAN.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no se presenta la información exógena?
La DIAN puede imponer sanciones por extemporaneidad, errores o inconsistencias en los datos reportados. El valor depende del tipo de incumplimiento y de la información omitida.
¿Cómo puedo obtener mi información exógena?
Los contribuyentes pueden consultar parte de la información reportada a través de los servicios digitales de la DIAN. También es posible consolidarla desde el software contable y la facturación electrónica.
¿Quién está obligado a presentar información exógena?
Deben presentar el reporte las personas naturales y jurídicas que cumplan los topes definidos por la DIAN, además de agentes retenedores, entidades financieras y otros obligados señalados en la resolución vigente.
¿Cuándo se debe presentar la información exógena en 2026?
Los grandes contribuyentes presentan entre abril y mayo de 2026. Las personas naturales y jurídicas tienen plazo entre mayo y junio, según los últimos dígitos del NIT.